Calculadora de factura con IGIC e IRPF para Canarias
Calcula una factura de autónomo canario con IGIC y retención, o sin impuestos si facturas a una empresa de la Península.
Facturar desde Canarias
En Canarias no se aplica el IVA sino el IGIC, con un tipo general del 7 %. Si facturas a una empresa de la Península o Baleares, el servicio se entiende prestado donde está tu cliente: no repercutes IGIC ni IVA, y es tu cliente quien autoliquida el IVA por inversión del sujeto pasivo.
Desde el 1 de julio de 2026, los autónomos canarios con un volumen de operaciones de hasta 50.000 € pueden acogerse al régimen especial del pequeño empresario: no repercuten IGIC y, a cambio, no deducen el que soportan. Se solicita con el modelo 400 ante la Agencia Tributaria Canaria. El Gobierno de Canarias prevé que desde 2027 presenten una sola declaración anual de IGIC en lugar de las trimestrales.
Revisado el 2026-11-05. Normativa: Ley 20/1991 del IGIC; Ley 4/2012; Decreto ley 3/2026 de Canarias; Ley 37/1992, art. 84. Cifras orientativas; no es asesoramiento fiscal ni jurídico.